⚖MELOVIDES
Derecho Penal y Corporativo

Calculadora de redención y ejecución de pena

Fórmula 3×2 vigente: por cada 3 días de trabajo, estudio o enseñanza se redimen 2 días de pena (Ley 2466/2025 · STP8152-2026, rad. 155021).
Orientación jurídica Melovides
Calcula primero. Si lo necesitas, revisamos tu caso.

Al finalizar podrás enviarnos el resultado por WhatsApp para contrastarlo con la sentencia, los certificados del INPEC y las decisiones del Juzgado de Ejecución de Penas.

📱 Consultar mi caso No necesitas tener todos los documentos para escribirnos.
1 · Pena impuesta
2 · Fecha de captura o ingreso a prisión opcional — calcula tiempo físico
Selecciona día, mes y año para calcular automáticamente el tiempo físico ya cumplido.
La fecha seleccionada no es válida.
3 · Otros abonos de tiempo
Agrega aquí detenciones anteriores en este mismo proceso, siempre que la persona haya sido liberada y luego capturada nuevamente. No incluyas periodos que ya estén cubiertos por la fecha actual de captura o ingreso a prisión.
4 · Certificados del INPEC días u horas · redención 3×2
Si ingresas horas, la calculadora las convierte a días certificados completos: trabajo 8 h = 1 día, estudio 6 h = 1 día y enseñanza 4 h = 1 día. Luego aplica la fórmula 3×2.
Resultado del cálculo
Pena total impuesta
0 años · 0 meses · 0 días0 días
Días redimidos trabajo 0 · estudio 0 · enseñanza 0
− 0 días
Otros abonos de tiempo no incluidos en la fecha de captura o ingreso
− 0 días
Tiempo físico ya cumplido
0 años · 0 meses · 0 días0 días
La redención supera el 50% de la pena; por el Art. 99 (Ley 65/1993) se aplicó el tope del 50%.
Pena pendiente por cumplir
0 años · 0 meses · 0 días
Resultado de la pena impuesta menos redención, otros abonos de tiempo y tiempo físico cumplido.
Revisión del cálculo
¿Este resultado coincide con el cómputo oficial?

Si existen diferencias, podemos revisar certificados pendientes, redenciones no reconocidas, otros abonos y el cómputo de la pena.

Avance
Porcentaje de la pena que se ha cumplido a la fecha.
0%de la pena cumplida
0 de 0 días cumplidos
Fechas claves estimadas no proyectan redención futura
⚠️ Estas fechas son estimadas. Se calculan con la redención ya certificada e ingresada en la calculadora, pero no proyectan redenciones futuras por trabajo, estudio o enseñanza. Si más adelante se reconocen nuevos días de redención, el acceso a beneficios puede adelantarse.
Ingresa la fecha de inicio de cumplimiento para estimar las fechas claves.
Posibles beneficios
¿Quieres revisar si puedes solicitar un beneficio?

La fecha es solo uno de los requisitos. Podemos revisar la sentencia, el delito, las exclusiones y las demás condiciones aplicables.

Tu resultado es una estimación. Tu expediente determina la situación jurídica real. Podemos revisar sentencia, cartilla biográfica, certificados, redenciones, abonos y decisiones del Juzgado de Ejecución de Penas.

📱 Hablar con un abogado
Aviso legal: esta calculadora es una herramienta informativa. Convierte la pena con base en 365 días por año y 30 días por mes, estima la redención 3×2 sobre días completos certificados y proyecta fechas sumando días calendario desde la fecha de inicio. No constituye asesoría jurídica ni reemplaza la decisión del Juzgado competente. Deben verificarse certificados del INPEC, decisiones judiciales, delito, exclusiones y requisitos legales aplicables. © Melovides · Derecho Penal y Corporativo · Tel. 314-442-9036 · melovides.com
MELOVIDES ABOGADOS
Derecho Penal y Corporativo

¿Necesitas revisar tu redención, subrogados o ejecución de pena? En Melovides Abogados acompañamos la revisión jurídica del caso, la verificación de certificados del INPEC y la preparación de solicitudes ante el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad.

Correo: lcmelo@melovides.com WhatsApp: 314 442 9036 Web: melovides.com