⚖MELOVIDES
Derecho Penal y Corporativo
Calculadora de redención y ejecución de pena
Fórmula 3×2 vigente: por cada 3 días de trabajo, estudio o enseñanza se redimen 2 días de pena (Ley 2466/2025 · STP8152-2026, rad. 155021).
1 · Pena impuesta
2 · Fecha de captura o ingreso a prisión opcional — calcula tiempo físico
La fecha seleccionada no es válida.
3 · Otros abonos de tiempo
Agrega aquí detenciones anteriores en este mismo proceso, siempre que la persona haya sido liberada y luego capturada nuevamente. No incluyas periodos que ya estén cubiertos por la fecha actual de captura o ingreso a prisión.
4 · Certificados del INPEC días u horas · redención 3×2
Resultado del cálculo
Pena total impuesta
0 años · 0 meses · 0 días0 días
Días redimidos trabajo 0 · estudio 0 · enseñanza 0
− 0 días
Otros abonos de tiempo no incluidos en la fecha de captura o ingreso
− 0 días
Tiempo físico ya cumplido
0 años · 0 meses · 0 días0 días
La redención supera el 50% de la pena; por el Art. 99 (Ley 65/1993) se aplicó el tope del 50%.
Pena pendiente por cumplir
0 años · 0 meses · 0 días
Resultado de la pena impuesta menos redención, otros abonos de tiempo y tiempo físico cumplido.
Avance
0%de la pena cumplida
0 de 0 días cumplidos
Fechas claves estimadas no proyectan redención futura
⚠️ Estas fechas son estimadas. Se calculan con la redención ya certificada e ingresada en la calculadora, pero no proyectan redenciones futuras por trabajo, estudio o enseñanza. Si más adelante se reconocen nuevos días de redención, el acceso a beneficios puede adelantarse.
Ingresa la fecha de inicio de cumplimiento para estimar las fechas claves.
¿Tu caso o el de un familiar? Un cálculo definitivo depende de las resoluciones del INPEC y del Juzgado de Ejecución de Penas. Te ayudamos a revisarlo.
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Aviso legal: esta calculadora es una herramienta informativa. Convierte la pena con base en 365 días por año y 30 días por mes, estima la redención 3×2 sobre días completos certificados y proyecta fechas sumando días calendario desde la fecha de inicio. No constituye asesoría jurídica ni reemplaza la decisión del Juzgado competente. Deben verificarse certificados del INPEC, decisiones judiciales, delito, exclusiones y requisitos legales aplicables. © Melovides · Derecho Penal y Corporativo · Tel. 314-442-9036 · melovides.com
¿Necesitas revisar tu redención, subrogados o ejecución de pena? En Melovides Abogados acompañamos la revisión jurídica del caso, la verificación de certificados del INPEC y la preparación de solicitudes ante el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad.