La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la sanción disciplinaria impuesta a un abogado, consistente en ocho meses de suspensión en el ejercicio de la profesión, por su participación en un acto fraudulento con el fin de obtener la sustitución de medida de aseguramiento a favor de un procesado.
Los hechos ocurrieron cuando el abogado presentó ante un juzgado penal de Cartagena una certificación laboral falsa, en la que se afirmaba que su cliente, había trabajado en una empresa de construcciones. Sin embargo, se comprobó que la empresa fue creada en una fecha posterior a la supuesta vinculación laboral, y que el propio abogado era quien gestionaba la compañía, incluso registrándola con su número personal de contacto.
La Comisión concluyó que el profesional del derecho actuó con dolo, al tener conocimiento de la falsedad del documento presentado y utilizarlo para respaldar la solicitud de detención domiciliaria. Esta conducta vulneró el deber de actuar con legalidad y lealtad en la administración de justicia, tal como lo establece el Código Disciplinario del Abogado.
Comisión Nacional de Disciplina Judicial. M. P. Alfonso Cajiao Cabrera.