Dosificador de penas
Dosificación interactiva de la pena de prisión conforme a los Arts. 27, 30, 31, 55, 56, 57, 58, 60 y 61 del Código Penal colombiano.
El sistema automatiza operaciones matemáticas, pero no reemplaza la verificación del tipo penal aplicable, vigencias, regímenes especiales, prohibiciones, jurisprudencia pertinente ni motivación judicial. Los modificadores específicos se ejecutan en el orden listado.
Pena base abstracta
Ingrese el marco punitivo de prisión expresado en meses.
Modificadores del marco punitivo
Cambian los límites mínimo y/o máximo de la pena antes de determinar el sistema de cuartos.
Agregar modificador del marco
Delito continuado o delito masa
Cuando jurídicamente se configure una de estas modalidades, la pena correspondiente al tipo respectivo se aumenta en una tercera parte.
Arts. 56 y 57 C.P.
No forman parte del flujo ordinario de dosificación. Revise esta sección únicamente cuando exista fundamento jurídico y probatorio para sostener una de estas reglas. No son circunstancias genéricas de los Arts. 55 y 58.
Grado de realización
Calidad de intervención
Circunstancias genéricas y sistema de cuartos
Las circunstancias de los Arts. 55 y 58 no modifican los extremos del marco punitivo: determinan el cuarto de movilidad aplicable conforme al Art. 61 C.P. Identifique los numerales concretos; su cantidad no produce porcentajes adicionales.
Circunstancias de menor punibilidad
Circunstancias de mayor punibilidad
Sistema de cuartos
Determinación de la pena concreta
Seleccione un valor estrictamente dentro del rango jurídicamente habilitado.
Ponderación para individualizar la pena
Una vez establecido el cuarto o los cuartos aplicables, la pena concreta debe fijarse ponderando los aspectos legales pertinentes. Marcar un criterio no modifica automáticamente el número de meses: sirve para documentar los factores considerados por el operador.
Terminación anticipada
Seleccione el mecanismo aplicable. La aceptación de cargos parte de la pena individualizada; el preacuerdo utiliza una ruta propia y, conforme al Art. 61 C.P., no aplica automáticamente el sistema de cuartos.
Concurso de conductas punibles
Defina primero si existe concurso. Si lo hay, agregue las conductas ya dosificadas y decida cuándo consolidar la pena única.
Revisión final de la dosificación
Verifique la secuencia completa. Puede volver directamente a cualquier punto antes de confirmar el cálculo.