La inteligencia artificial en la administración de justicia dejó de ser una promesa lejana para convertirse en una herramienta cotidiana en juzgados y tribunales del país. Pero su uso sin controles ya ha pasado factura, ya que varias decisiones judiciales han sido anuladas por apoyarse en citas y jurisprudencia inexistentes, generadas por sistemas que “alucinan” información.
Frente a ese panorama, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial aprovechó un caso disciplinario para hacer algo poco habitual, es decir, trazar, en forma de principios, seis lineamientos éticos que deben guiar a jueces, magistrados y empleados de la Rama Judicial cuando emplean estas herramientas.
En esta entrada explicamos qué dijo la Comisión, en qué se fundamentó y, sobre todo, qué implica en la práctica para quien administra justicia y para quien acude a ella.
Contexto: por qué hacían falta reglas claras
La discusión no es teórica. La Comisión recordó que múltiples providencias han sido anuladas en Colombia y en el derecho comparado al detectarse un uso indebido de los grandes modelos de lenguaje (LLM). El fenómeno técnico de fondo las llamadas “alucinaciones” hace que estos sistemas produzcan textos que suenan plausibles pero pueden contener información falsa o sin sustento.
A esa preocupación se sumaron antecedentes concretos, la Corte Suprema de Justicia advirtió motivaciones apoyadas en sentencias cuyo contenido no coincidía con lo realmente decidido; tribunales declararon nulidades por delegar en la IA la valoración probatoria; e incluso la propia Comisión anuló actuaciones sustentadas en citas jurisprudenciales inexistentes.
Ese telón de fondo explica la decisión de fijar parámetros uniformes para todo el aparato judicial.
El marco normativo del que parten los lineamientos
La Comisión fue clara en algo: estos lineamientos no reemplazan ni amplían las reglas ya existentes, sino que las recogen como principios. El punto de partida son dos referentes obligatorios:
- La Sentencia T-323 de 2024 de la Corte Constitucional, que analizó el uso de ChatGPT por un juez al proferir un fallo de tutela y propugnó por un uso ético y responsable basado en la no sustitución de la racionalidad humana y en las cargas de transparencia, responsabilidad y privacidad.
- El Acuerdo PCSJA24-12243 del 16 de diciembre de 2024 del Consejo Superior de la Judicatura, que definió buenas prácticas para el uso de la IA en la Rama Judicial.
A ello se suman referentes internacionales como la Recomendación de la UNESCO sobre la ética de la IA y sus directrices para cortes y tribunales, además del Reglamento de IA de la Unión Europea. La Comisión subrayó, además, que la competencia exclusiva para regular la materia sigue radicando en el legislador y en el Consejo Superior de la Judicatura.
La tesis central: seis lineamientos éticos
El aporte concreto de la providencia es el conjunto de principios que deben observar funcionarios y empleados judiciales al usar IA. Esta es la síntesis:
| Lineamiento | Qué exige en concreto |
| Transparencia | Informar de forma expresa y verificable la herramienta usada (nombre, modelo, proveedor), la fecha, la aceptación de términos y condiciones, el propósito, los prompts empleados y la identificación de los apartes generados por la IA. |
| Responsabilidad y control humano | La IA no puede valorar pruebas, hacer juicios de valor, establecer hechos, resolver problemas jurídicos ni motivar o adoptar decisiones. Solo es herramienta auxiliar. |
| Privacidad y protección de datos | En desarrollo del Habeas Data, no introducir datos personales, sensibles o confidenciales en herramientas que se apropien de la información o la usen para reentrenar sus modelos. |
| Seriedad y verificación | Deber reforzado de contrastar toda salida de la IA con fuentes jurídicas confiables antes de fundamentar argumentos o decisiones. |
| Uso prudente y proporcional | Definir la tarea, evaluar alternativas más seguras y abstenerse de usar chatbots generales o comerciales gratuitos sin garantías de seguridad y trazabilidad. |
| Integridad y atribución de autoría | No presentar como propio el contenido elaborado por IA; indicar siempre su origen y diferenciarlo del texto del funcionario. |
Un dato práctico que aporta la providencia: entre las herramientas implementadas o autorizadas en la Rama Judicial figuran Copilot Chat y Microsoft Copilot 365, y se mencionan otras como ChatGPT, Google Gemini, la API de OpenAI, Anthropic Claude y Meta AI.
El núcleo del razonamiento: la IA no sustituye al juez
El hilo conductor de los seis principios es uno solo: la IA puede emplearse en gestión administrativa y documental, como apoyo a la gestión judicial y para corrección y síntesis de textos, pero nunca para sustituir el razonamiento que le compete al juez al interpretar hechos, valorar pruebas, motivar y adoptar decisiones.
Hacerlo no solo compromete el deber de motivación, sino que puede vulnerar garantías como el juez natural, la autonomía e independencia judiciales y el debido proceso probatorio.
Implicaciones prácticas
¿Qué cambia en el día a día judicial y para los litigantes?
- Para jueces y magistrados: usar IA sin dejar constancia de cómo, con qué herramienta y con qué alcance puede convertirse en un riesgo disciplinario. La verificación de cada salida deja de ser opcional.
- Para los abogados litigantes: se abre una vía concreta de control. Si una providencia se apoya en jurisprudencia o normas inexistentes, hay base para alegar irregularidades sustanciales que afectan el debido proceso e incluso para solicitar nulidades.
- Para el ciudadano: refuerza la garantía de que su caso lo decide un ser humano y no un sistema automatizado opaco.
La Comisión enfatizó que acatar estos parámetros no es una formalidad ni un simple exhorto, sino un deber funcional en sentido estricto, anclado en la protección del debido proceso, la independencia judicial y la garantía del juez natural.
Preguntas frecuentes
¿Los jueces en Colombia pueden usar inteligencia artificial? Sí, pero con límites. Pueden usarla para tareas de apoyo —gestión documental, organización del expediente, corrección y síntesis de textos—, nunca para valorar pruebas, resolver el problema jurídico o adoptar la decisión, funciones que son indelegables y exclusivamente humanas.
¿Qué pasa si una sentencia se apoya en información inventada por una IA? La providencia puede ser anulada. En Colombia ya se han declarado nulidades de decisiones sustentadas en citas jurisprudenciales inexistentes o en motivaciones elaboradas con IA, por afectar el debido proceso y el deber de motivación.
¿El juez debe avisar si usó inteligencia artificial? Sí. El primer lineamiento es la transparencia: debe dejar constancia de la herramienta, el modelo, el proveedor, la fecha, el propósito, los prompts utilizados y los apartes del documento generados por la IA, diferenciándolos del texto propio.
¿Quién regula el uso de la IA en la Rama Judicial? La competencia para regular la materia corresponde al legislador y al Consejo Superior de la Judicatura. Los lineamientos de la Comisión recogen, en forma de principios, las reglas ya fijadas por la Corte Constitucional (T-323 de 2024) y por el Acuerdo PCSJA24-12243.
¿Estos lineamientos crean nuevas faltas disciplinarias? No crean tipos nuevos; ordenan y reiteran deberes ya exigibles. Su incumplimiento, sin embargo, puede tener relevancia disciplinaria cuando el uso indebido de la IA afecta garantías procesales.
Conclusión
Con estos seis lineamientos, la jurisdicción disciplinaria envía un mensaje nítido: la inteligencia artificial es bienvenida como herramienta de apoyo, pero la responsabilidad sobre la decisión judicial sigue siendo, sin excepciones, humana. Transparencia, control humano, privacidad, verificación, prudencia e integridad se convierten en la brújula ética de un sistema judicial que se moderniza sin renunciar a las garantías de quienes acuden a él.
Contenido editorial: Este artículo contiene un análisis jurídico e informativo elaborado a partir de providencias judiciales y fuentes oficiales. No corresponde a una reproducción textual de la sentencia ni constituye asesoría legal.
Fuente oficial consultada: Comisión Nacional de Disciplina Judicial. Radicado 202501241. M. P. Mauricio Fernando Rodríguez Tamayo.


